AYUDAS PARA LA ADAPTACIÓN DE LA TDT

Las ayudas para la TDT se están convirtiendo en el nuevo quebradero de cabeza para los comuneros de las diversas comunidades de propietarios que gestionamos. Por ello, son muchos los copropietarios los que nos han preguntado acerca de estas subvenciones que se otorgarán a aquellas edificaciones que se vean obligadas a actualizar sus equipos, debido a la liberación del dividendo digital (TDT) que entraron en vigor el pasado 1 de noviembre a través del RD 920/2014, de 31 de diciembre. Es por eso que hoy queremos dedicar unas líneas a esta cuestión, que entendemos puede ser de interés para muchos de los lectores que se puedan estar interesados en beneficiarse de estas subvenciones para sus fincas.

PLAZOS

Las actuaciones subvencionables serán aquellas que se realicen entre el 1 de junio de 2014 y el 30 de junio de 2015 en las comunidades de propietarios sujetas al régimen jurídico establecido en el artículo 396Vista previa del enlace añadida por la extensión vLex del Código CivilVista previa del enlace añadida por la extensión vLex así como a la Ley de Propiedad HorizontalVista previa del enlace añadida por la extensión vLex . Además, constituye otro requisito la preexistencia de un sistema de recepción que haya sido afectado por el proceso de liberación del dividendo digital.

CONCEPTOS Y CUANTÍAS SUBVENCIONABLES

Tan sólo se podrá pedir una única subvención por cada comunidad de propietarios y ésta se destinará a cubrir los gastos directamente relacionados con las actuaciones necesarias, como decíamos, para la recepción o acceso a la TDT. Dichas actuaciones únicamente podrán ser llevadas a cabo por aquellas empresas instaladoras que se encuentren inscritas en los Registros de empresas instaladoras de telecomunicación de los tipos «A» y «F».
Por otro lado, el importe de las subvenciones oscilará entre los 100 y los 550 Euros, en función de la necesidad o no de instalación de equipamiento adicional y de los múltiples digitales necesarios para dicho equipamiento.

SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN PARA LA TDT

El proceso de solicitud de las subvenciones a la que cada comunidad de propietarios tenga derecho es realmente sencillo. Tan sólo habrá que acceder a la página web habilitada al efecto, antes del 30 de junio de 2015 y disponer de los siguientes documentos:

1. Factura del instalador.

2. Boletín de la instalación de telecomunicaciones que le facilitará su instalador autorizado

3. Un recibo domiciliado en la cuenta bancaria de la que la comunidad de propietarios sea titular o un certificado de la entidad financiera.

4. Sólo para el caso de necesitar efectuar adaptaciones sobre varias cabeceras, el acta de constitución de la comunidad de propietarios.

La solicitud de la subvención deberá realizarla el presidente de la comunidad o el administrador de la misma, debiendo disponer en el momento de la solicitud de las ayudas para la adaptación de la TDT de los mencionados documentos debidamente digitalizados para poder adjuntarlos en formato PDF durante la solicitud telemática y de su DNI en vigor.

A pesar de la sencillez del trámite, si es usted presidente de una comunidad de propietarios, quiere beneficiarse de estas subvenciones y no sabe cómo realizarlo, puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro formulario.

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